El gato de Sijena (2)
Fecha: 14 de Enero de 2004
Fuente: DiariodelAltoAragon.com
El gato de Sijena es como la hidra que mató
Hércules que tenía muchas cabezas, una de ellas
es el señor que tituló el día 22 de diciembre
en el DIARIO DEL ALTOARAGÓN “A Dios lo que es de
Dios y al César lo que es del César”. Por
cierto se le olvidó la cita (MT 22,15-22) y que se ha erigido
como el último portavoz de la Orden de Belén. Me
alegro de que empecéis a entendernos porque de lo que se
trata es que se cumpla tu rebuscado título.
La Orden de Belén tiene que rezar y hacer
su vida contemplativa en paz y en su clausura.
El Gobierno de Aragón que se ocupe de
regular las visitas y de preservar el Monumento de ataques y actuaciones
fuera de la ley.
El Ayuntamiento se ocupará de ejercer
sus competencias también:
1°. El Artículo 19 de la Constitución
Española dice que la residencia se elige libremente, pero
no dice que hay que incumplir para eso otras leyes.
2°. Cualquiera puede entender que llamo “rica”
a la Orden Religiosa y no a las Monjas en sí. Haces bien
en decir que a ti no te importa, si son ricas. A quien representa
a la Administración Local que es el Alcalde, sí
le importa, y mucho, porque si se quiere llevar una política
social, se debe ayudar al que menos tiene (por eso para acceder
al servicio social de base se pide la declaración de la
renta, por ejemplo).
3°. El Artículo 47 de la Constitución
Española sobre “derecho a disfrutar de una vivienda
digna y adecuada”, lo empezamos a cumplir cuando se aprobaron
las viviendas de dentro del recinto del Monasterio, y lo estamos
intentando acabar de cumplir ahora y cito la última parte
del Artículo: “Regulando la utilización del
suelo de acuerdo con el interés general para impedir la
especulación”.
Respecto a la ley 3/1999 de 10 de marzo de Patrimonio
Cultural, de la que parece nos quiere dar clases, yo le aconsejo
a usted que ponga su dedo índice en el papel para tratar
de no saltarse párrafos, por lo visto va muy perdido.
1°/ El Artículo 15 es el que más
nos gusta y en el que vamos a basar nuestras denuncias (del Artículo
15 apartados 1,2,3 y 4).
2°/ Se vuelve usted a equivocar cuando cita
el Título 1 (Asegurar el retorno de los bienes) puesto
que éste se encuentra en el Artículo 7 del Titulo
Preliminar. El Título 1 dice: “Bienes que integran
el Patrimonio Cultural Aragonés”.
3ª/ El Título V dice: “Organización”.
El Artículo 82 es el que habla de “Colaboración
con la Iglesia Católica y además otras confesiones
religiosas”. Le da usted al lector información sesgada
porque el Artículo sigue: “Que todas las confesiones
religiosas que se encuentren implantadas en Territorio Aragonés
y adquieran en el futuro bienes de Patrimonio Cultural velarán
por la conservación y difusión, colaborando a tal
fin, con los oportunos convenios con las Administraciones Públicas
de Aragón”. Desde luego con la Administración
Local no colaboran, eso está claro.
4°/ Como en el punto anterior lee usted lo
que le interesa, el Artículo 54 se titula “Deberes”
y dice: “Los propietarios y titulares de derechos sobre
los Bienes de Patrimonio tienen el deber de conservarlos adecuadamente...
etc... etc. En cuanto a “Contemplación Pública
al menos cuatro días al mes” quiero destacar que
pone claramente “al menos” y léase usted que
el Director General de Patrimonio es el que debe marcar “los
horarios de acceso de investigadores y los de visita pública”.
(Artículo 33,2).
5°/ Y último, el Artículo 55b
“Solicitar subvenciones para la conservación”
que cita usted se refiere a los Bienes muebles. El caso que nos
ocupa (el Monasterio), es un Bien-inmueble. Léase usted
el Artículo 33,1 que resumiendo viene a decir que “El
propietario o el titular es el que debe de conservar el bien”.
Yo le recomiendo, si usted es capaz de leer sin cambiar de párrafo,
que lea el Artículo 5 (Derecho de disfrute), el Artículo
6 (Deber de conservación) muy importantes todos sus apartados
1,2 y 3; el Artículo 8 (Acción pública),
el Artículo 37 (Obras y actividades ilegales), el Artículo
40 (Tanteo y retracto), en fin léase toda la ley en vez
de leer a medias, y entienda que la ley al final se tendrá
que cumplir.
Veo por otra parte que ha escrito mi nombre y
ha puesto al lado “Alcalde”, cuando me conteste usted
podría poner al lado del suyo su “rango”, lo
digo por los que no le conocen. Aquí todo el mundo sabe
quien es, y le quieren mucho porque aparece el fin de semana,
nos da consejos, y sobre todo estamos sobrecogidos de la capacidad
que tiene para unir a la gente.
También nos podría contar su estrategia
en las Elecciones Municipales, (sacada de algún manual)
que bien se podría titular: “Cómo llegar a
controlar un Municipio con métodos que no levanten sospechas
entre los nativos”. Nota: Si se hace en secreto, mejor.
Después, podría seguir:
Capítulo I. Listas, candidatos posibles...
Capítulo II. Intención de voto,
ofrecerse como candidato a concejal en tercer lugar, (para actuar
de submarino).
No sé, lo que buenamente se le ocurra,
porque al final como en los pueblos nos conocemos todos, “Amor
con Amor se paga” y usted mismo se está ya colgando
su cascabel.
Alcalde de Villanueva de Sijena
Alfonso SALILLAS LACASA
|